miércoles, 29 de mayo de 2013

EL COMERCIO ELECTRÓNICO - EDWIN TENORIO

La diferencia entre contrato informático y contrato electrónico.- es el formato del contrato y el medio empleado para la contratación, el medio tiene que ser electrónico, en los contratos informáticos puede ser informático físico, lo que importa es el objeto materia del contrato y este es un bien o servicio informático, o el acceso de hosting, que es un espacio virtual a la red, la página web es el objeto del contrato por lo que es el objeto y una parte excluyente que diferencia de los demás contratos electrónicos, puede ser cualquier tipo de contrato, sin importar el medio/es un contrato electrónico). 
Participantes en el comercio electrónico, pueden ser cualquier persona, asimismo también participa del comercio electrónico el estado, y es por ello que concluimos que el espacio es infinito ya que cualquier persona puede participar del comercio electrónico, denominado mercado infinito, es por ello que decimos que sus ventajas son:
 - Reducción de personal, permite la existencia de reducción de costos y desaparecen intermediarios, y es posible la facilidad del comercio desde el acceso irrestricto, es decir no se necesita esperar para poder comercializar a lo que yo quiera y a la hora que uno quiera.
 - Asimismo la ampliación del mercado, ya que el comercio electrónico es comerciar con el mundo ya que cualquier persona que esté en la red es un mercado potencial.
 - Canales de comunicación con los clientes mas ricos en información,
 - Nuevos canales de ventas,
 - Ahorro en los costos de comunicación,
 - Aceleración del proceso de puesta en el mercado, 
 - Servicio al cliente sumamente mejorado,
 - Mejora de la imagen de la marca, 
 - Aprendizaje tecnológico más rápido,
 - Relación más cercana con los clientes, 
 - Mejora de la capacidad de innovación del producto o servicio, y
 - Disponibilidad de nuevos modelos de negocios. 
 Las desventajas: 
- Mayor desocupación ya que las personas que antes trabajaban y aquellas personas que estaban acostumbradas a tener un jefe y preservar un horario establecido. 
 
- La dificultad para identificar a las partes, ya que cuando uno encuentra una oferta muy buena en internet, quizás no se sepa quién es el que ofrece y quien es el que está detrás del ordenador. - No existe una normatividad legal que pueda permitir proteger las normas y las transacciones mercantiles electrónicas, y actualmente ahora se puede pedir y solicitar una firma digital, a manera de proteger los derechos de autor, o sino que se respete la transacción que se realiza electrónicamente.
 - La transacción no queda registrada, si nos podemos en referencia al comercio electrónico y que se puede realizar entre todas las personas alrededor del mundo, no existe un control acerca de la transacción. 
NOTA: Las redes sociales actualmente es una ciudad virtual, ya que una persona realiza todas las actividades mercantiles y diarias que se realizaba antes pero que ahora está detrás de un ordenador y sentado en su computador. 
Los elementos principales del Comercio Electronico: 
A) Software, que permite crear y administrar un catálogo de productos, los cuales se puedan añadir aun carrito de compras y que en él sean fácilmente configurables los impuestos, costos de envío y modos de pago y un formulario seguro para obtener lo datos del cliente y si se desea, realizar cargos a su tarjeta de crédito
 B) Hosting seguro, se requiere un servidor seguro(SSL ó SET) para que los visitantes a la tienda estén dispuestos a comprar.
 C) Diseño e implementación, la página WEB se diseña y se integra al software de C-E se “suben” las bases de datos de productos y los parámetros del software se configuran. D) Pagos en línea. Cuando se desea recibir pagos con tarjeta de crédito, existen empresas que ofrecen sus servicios de transacciones en línea en tiempo real. Se emplea para ello tecnología de punta, máxima seguridad, trámites relativamente sencillos y precios competitivos a nivel mundial. 
LAS ALTERNATIVAS MÁS POPULARES PARA PROMOCIONAR UNA TIENDA VIRTUAL
 A) Registrarse en motores de búsqueda y directorios de WWW (Yahoo, Altavista, Lycos, Infoseek, Excite, Hotbot, ...) 
B) Promoción enfocada al ramo . Navegación por Internet en busca de índices, directorios, asociaciones, revistas, recursos, , etc, relacionados con el ramo del negocio en los que se pueda promocionar el sitio. 
C) Newsgroup Marketing, Encontrar los foros de discusión más relevantes para el negocio y dejar allí un mensaje promocionando los servicios y productos.
 D) Email Marketing, existen empresas que poseen listas de emails de gentes que solicitaron información sobre más de 1000 temas diferentes, por tanto enviar un email a aquellos que solicitaron información sobre el ramo de la tienda. En las dos últimas opciones se debe tener cuidado de que el mensaje no sea calificado como “Spamming” (publicidad no solicitada) puesto que las respuestas pueden ser muy agresivas 
E) Banners, se diseña un banner (anuncio) atractivo y se paga por ponerlo en un sitio cuyo público sea potencialmente y también de su tienda, al hacer clic en el banner irán directamente a su tienda. Existen también programas intercambio de banners en los que no hay que pagar nada sino simplemente poner el banner de otros y otros pondrán el suyo. 
F) Es importante también promocionar su tienda por medios tradicionales, después de todo estos tienen más alcance que la WWW. Legalidad de los documentos electrónicos Este es el punto fundamental de nueva regulación y se resume en la siguiente regla: los documentos en soporte informático tienen igual valor probatorio que los documentos en soporte de papel y a ellos también se les puede atribuir autenticidad.
 Al respecto, la ley contiene cuatro principios básicos: 
 1. No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria y probatoria a toda clase de información por el solo hecho de que se encuentra en forma de mensaje de datos o en razón de no haber sido presentada en su forma original . 
2. El requisito legal de que la información conste por escrito quedará satisfecho con un mensaje de datos, si su contenido es accesible para su posterior consulta .
 3. El requisito legal de la firma se cumple, en relación con un mensaje de datos, si:
 a) Se ha utilizado un método que permita identificar al iniciador del mensaje y para indicar que el contenido cuenta con su aprobación, y 
b) El método utilizado es confiable y apropiado para el propósito para el cual el mensaje fue generado o comunicado . Además, la ley prevé una categoría especial de firma, la llamada firma digital. 
4. El requisito legal de presentar y conservar la información en su forma original quedará satisfecho con un mensaje de datos, si: 
a) Existe alguna garantía confiable de que se ha conservado la integridad de la información, a partir del momento en que se generó por primera vez en forma definitiva, salvo la adición de algún endoso o de algún cambio inherente al proceso de comunicación, archivo o presentación; y
 b) De requerirse que la información sea presentada, ésta puede ser mostrada a la persona que se debe presentar . Reitera la ley que los principios anteriores se aplican tanto cuando el escrito, la firma o la presentación y conservación de originales sean exigidos como una obligación, como cuando se prevén consecuencias en el caso de que ellos no se cumplan. 

Preguntas:


1.    ¿CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN CONTRATO INFORMATICO Y CONTRATO ELECTRONICOS O TELEMATICO?

Un contrato informático es un concepto ambiguo que puede abarcar distintos tipos de contratos:
En sentido amplio u objetivo, abarca todos aquellos convenios cuyo objeto sea un bien o servicio informático, independientemente de la vía por la que se celebren. El objeto del contrato, por tanto, sería la prestación de un servicio informático.

En sentido restringido o formal, son aquellos contratos cuyo perfeccionamiento se da por vía informática, indiferentemente de cual sea su objeto. A estos últimos se les conoce también, propiamente, como contratos electrónicos.

Desde la primera óptica, los contratos informáticos pueden referirse tanto a bienes (hardware o software) como a servicios informáticos (tales como mantenimiento preventivo, correctivo o evolutivo; desarrollo y hospedaje de sitios web, prestación de servicios de certificación digital, etc.).
Pueden ser objeto de contratación electrónica cualesquiera cosas, actos o negocios jurídicos que sean lícitos y siempre que para su contratación no se requiera de alguna forma específica que sea incompatible con los medios electrónicos (por ejemplo, presencia de un fedatario público).
La principal cuestión que se plantea es en cuanto a la prueba del contrato, tanto en cuanto a la intervención de las partes como en cuanto a la prestación de su consentimiento. La forma, hoy por hoy, de acreditar estos extremos para un particular o incluso un profesional pasa por la firma electrónica, si bien es paradójico que la prueba de esta firma deba llevarse a cabo mediante un soporte de papel puesto que la inadaptación de los juzgados a las nuevas tecnologías hace necesario que para demostrar un consentimiento en un contrato se haga preciso demostrar ante un juez la autenticidad de la firma, a cuyo fin solo cabe documentar suficientemente esta autenticidad.
A modo de conclusión podemos decir: que el contrato informático tiene como objeto de contratación bienes y servicios informáticos. Bienes relativos al software y hardware. Suministros, licencias.

2.    El código de barras es una firma digital o firma electronica?
El Código de Barras es una disposición en paralelo de barras y espacios que contienen información codificada en las barras y espacios del símbolo.
El código de barras almacena información, almacena datos que pueden ser reunidos en él de manera rápida y con una gran precisión. Los códigos de barras representan un método simple y fácil para codificación de información de texto que puede ser leída por dispositivos ópticos, los cuales envían dicha información a una computadora como si la información hubiese sido tecleada.
Los códigos de barras se pueden imaginar como si fueran la versión impresa del código Morse, con barras angostas ( y espacios) representando puntos, y barras anchas que representan rayas.
Para codificar datos dentro de un símbolo** impreso, se usa una barra predefinida y patrones de espacios o simbología***
*Un símbolo de código de barras es la visualización física, es la impresión de un código de barras.
**Una simbología es la forma en que se codifica la información en las barras y espacios del símbolo de código de barras.
El código de barras representa la clave para acceder a un registro de alguna base de datos en donde realmente reside la información, o sea, los símbolos no contienen información del producto o artículo, no contienen el precio del producto, sino contiene una clave que identifica al producto.
3.- ¿cuáles son niveles de comercio electrónico- clases?
primero se refiere a la clasificación que se da según la participación de los sujetos o agentes económicos que intervienen.
Comercio entre empresas: (b2b):
Que vendría a referirse al comercio electrónico entre empresas, el cual, como ya dijimos anteriormente, constituye la actividad pionera en la utilización de las nuevas tecnologías, con la utilización de la transferencia electrónica de datos (EDI).
En la actualidad se están creando nuevas redes de comunicación diseñadas para la aplicación del comercio electrónico, que permitan realizar las transacciones en un entorno más seguro que el de Internet.
“Mediante este tipo de redes se pretende hacer confluir en una misma plataforma el aire de seguridad que se respira en una red cerrada con el potencial que presentan la utilización de las redes abiertas, como Internet. Es el mundo de las denominadas “Extranet”, que les sirven de referencia”.
En este tipo de transacciones, a pesar de ser más seguras, también existen riesgos, como los explica De la Cueta y Echevarria “como es sabido, en este sector del comercio electrónico, los agentes económicos que actúan son empresas. El gestor o gestores de la plataforma de comercio electrónico es un intermediario que mantiene el control de las actividades que en ella se desarrollan, lo que entraña, per se, ciertos riesgos. Pero si a este control funcional o de gestión le unimos a quel, por lo general, los titulares de la plataforma son al mismo tiempo agentes que interactúan en la misma, el riesgo se incrementa considerablemente. Además si tenemos en cuenta que dado que la construcción de esta clase de plataformas comporta unos costes muy elevados y que únicamente son las compañías mayores las que, uniendo sus fuerzas pueden llegar a crear este tipo de entornos, el riesgo de generación de monopolios y oligopolios se eleva aun más. Es aquí donde radica el principal problema que a nuestro entender, puede generarse en el comercio electrónico B2B”.

 El comercio electrónico B2B es más ágil que el que se entabla con el consumidor, ya que aquí no existe una relación de desequilibrio entre las partes, que dota de una legislación de protección al consumidor frente a los posibles abusos del empresario. Además, es importante acotar que este comercio generalmente es de gran escala es decir se trata de un comercio mayorista.



Con respecto a la regulación de las transacciones realizadas entre empresas, las normas aplicables serán el código de comercio y la convención de Viena de 1980.
Comercio entre empresa y consumidor (b2c)
Que viene a ser la transacción electrónica, que se realiza entre la empresa y el consumidor.
Internet, se ha convertido en el gran medio para la comercialización. Es así que se crearon nuevas empresas, las llamadas empresas virtuales y las empresas, ya existentes, vieron en Internet un negocio alternativo donde conseguir muchos, más consumidores y así incrementar sus transacciones.
Con respecto a la legislación aplicable, nos remitimos al ordenamiento jurídico civil (Código Civil, parte de contratos) y otras leyes especiales sobre la materia como la ley 27291, la ley 27269.
“Uno de los temas más trascendentes del B2C, desde la perspectiva del consumidor final, es la problemática de la posible vulneración de sus derechos fundamentales facilitada por la utilización de las nuevas tecnologías y específicamente, del derecho a la intimidad (privacidad) y al secreto de las comunicaciones (confidencialidad) garantizados constitucionalmente”.
.Comercio entre las empresas y la administración (b2a):
Que viene a darse cuando las empresas, realizan transacciones comerciales actuando como proveedores de la administración.
. Comercio entre consumidores (c2c):
En esta clase de comercio, son los particulares los que interactúan entre sí, realizando Transacciones o intercambios de información.
Internet está dotada de diversas Webs de subastas virtuales entre consumidores, que vienen teniendo gran éxito entre particulares, y que viene a poner en contacto a oferentes y demandantes de un determinado producto sin que exista la necesidad de intermediario.
. Comercio entre administración y consumidor (a2c):
Se trata de una nueva incursión, de parte de algunas instituciones de la administración, aún poco usada, pero con muy buenos resultados, como es el caso de la administración tributaria, usada incluso, para el pago de impuestos vía electrónica o en otras instituciones para la solicitud de información.

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